16.4.2026

El Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) emite su primera Política de Aplicación Corporativa aplicable a todo el Departamento: Implicaciones prácticas para empresas latinoamericanas y subsidiarias estadounidenses en la región

Conversación sobre las Reformas a la Ley Federal de Competencia Económica

Por Daniela Ortega, Mijares, Angoitia, Cortés y Fuentes, S.C., en México, y Liliana Calderón, Estudio Rubio Leguía Normand y Asociados S. Civil de R. L., en Perú

El 10 de marzo de 2026, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) publicó su primera Política de Aplicación Corporativa y Divulgación Voluntaria (Corporate Enforcement and Voluntary Self-Disclosure Policy, CEP), aplicable a todas las divisiones penales del DOJ.

Esta política marca una evolución significativa en el marco de aplicación corporativa del DOJ. Por primera vez, el Departamento ha establecido un conjunto unificado y consistente de expectativas en materia de divulgación voluntaria, cooperación, remediación y la efectividad de los programas de compliance en todas las divisiones penales.

Para las empresas que operan a nivel internacional —incluidas las subsidiarias latinoamericanas de corporaciones estadounidenses y las empresas regionales con exposición a los Estados Unidos— la política brinda mayor claridad sobre los beneficios tangibles de la divulgación proactiva y de contar con marcos de compliance robustos. Al mismo tiempo, eleva considerablemente las exigencias para aquellas organizaciones que no logran detectar, escalar o reportar conductas indebidas de manera oportuna.

La política es aplicable de manera amplia a la aplicación del derecho penal corporativo, con excepciones limitadas como los asuntos de competencia económica (antitrust). Este artículo se centra en sus implicaciones para las empresas con exposición a la aplicación de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (Foreign Corrupt Practices Act, FCPA), respecto de la cual el DOJ históricamente ha puesto un fuerte énfasis en la divulgación voluntaria y la remediación en materia de compliance.

Elementos clave de la nueva política

La política establece un marco estructurado que describe cómo el DOJ tratará a las empresas en función de su conducta una vez que se identifique una posible conducta indebida.

1. Incentivos claros para la divulgación voluntaria

Bajo el nuevo marco, si una empresa:

el DOJ establece que presumirá la declinación de la persecución penal.

En tales casos, la empresa normalmente aún estaría obligada a pagar la restitución de ganancias ilícitas, el decomiso y la indemnización a las víctimas, pero podría evitar por completo la imposición de cargos penales.

Para las empresas multinacionales, esta disposición refuerza la importancia de la detección y escalamiento interno oportuno de conductas indebidas.

2. Beneficios significativos incluso cuando no procede una declinación

La política también aborda situaciones en las que las empresas no califican para una declinación —por ejemplo, debido a circunstancias agravantes o a cuestiones técnicas relacionadas con el momento de la divulgación.

En esos casos, si la empresa aun así demuestra cooperación de buena fe y remediación, el DOJ indica que generalmente ofrecerá:

Esta estructura crea de manera efectiva un sistema escalonado de aplicación en el que la conducta de la empresa posterior al descubrimiento se convierte en un factor central para determinar los resultados de la aplicación.

3. Expectativas ampliadas para la cooperación corporativa

La política confirma que el DOJ continúa esperando una cooperación robusta por parte de las empresas que buscan obtener crédito.

Esto incluye:


Es importante destacar que el DOJ reitera que el crédito por cooperación no está condicionado a la renuncia al privilegio abogado-cliente.

4. Mayor énfasis en la efectividad de los programas de compliance

Otro elemento destacado de la política es el énfasis detallado en la efectividad de los programas de compliance al evaluar la remediación.

El DOJ hace referencia específica a factores tales como:

Estas expectativas se alinean con la guía del DOJ Evaluación de Programas de Compliance Corporativo (Evaluation of Corporate Compliance Programs, 2024), pero refuerzan su importancia dentro de la toma de decisiones en materia de aplicación.

Por qué esto es relevante para las empresas que operan en América Latina

Si bien la política se origina en autoridades de aplicación en los Estados Unidos, sus implicaciones se extienden mucho más allá de dicho país.

Las empresas que operan en América Latina pueden quedar sujetas a la jurisdicción del DOJ en varios supuestos comunes:


A la luz de estos factores, las conductas indebidas que ocurran en América Latina —ya sea que involucren interacciones con funcionarios públicos, cuestiones relacionadas con sanciones u otras conductas que se encuentren dentro de las prioridades de aplicación de del DOJ— pueden exponer fácilmente a las empresas a riesgos de aplicación penal en los Estados Unidos.

Dada la amplia presencia de emisores estadounidenses, el alto volumen de transacciones transfronterizas y el uso extensivo de relaciones de banca corresponsal en toda la región, dicha exposición no es excepcional, sino cada vez más habitual. Desde México y Centroamérica hasta la región andina, Brasil y el Cono Sur, las empresas que operan en América Latina deben asumir que la posible jurisdicción del DOJ constituye un riesgo real y continuo.

Consideraciones clave para las subsidiarias latinoamericanas de empresas estadounidenses

Para las empresas multinacionales estadounidenses con operaciones en América Latina, la política refuerza la necesidad de asegurar que las estructuras locales de compliance sean capaces de detectar y escalar conductas indebidas con rapidez.

En este contexto, con frecuencia surgen varias cuestiones prácticas:


Implicaciones para empresas latinoamericanas con exposición a los Estados Unidos

Las empresas latinoamericanas con operaciones, cotización o transacciones en los Estados Unidos también deben evaluar su exposición a la aplicación por parte del DOJ.

Para estas empresas, la nueva política destaca la importancia estratégica de:

En la práctica, la política refuerza la realidad de que las funciones de compliance deben operar como mecanismos de detección temprana y escalamiento, y no únicamente como controles regulatorios formales.

Conclusiones estratégicas

La nueva Política de Aplicación Corporativa del DOJ proporciona mayor transparencia respecto de cómo se tomarán las decisiones en materia de aplicación.

Para las empresas que operan a nivel internacional, el mensaje clave es claro:

Las organizaciones que identifican conductas indebidas de manera temprana, investigan con prontitud y se relacionan de forma constructiva con las autoridades de aplicación están significativamente mejor posicionadas para gestionar el riesgo de aplicación.

Reflexiones finales

Aunque la política no necesariamente refleja un entorno de aplicación más flexible, sí mejora de manera significativa la transparencia y la previsibilidad respecto de cómo el DOJ evaluará la conducta corporativa —en particular en relación con la divulgación voluntaria, la cooperación y los esfuerzos de remediación—. En la práctica, esto significa que, si bien la aplicación puede seguir siendo rigurosa, las empresas ahora cuentan con un marco más claro para evaluar posibles resultados y tomar decisiones informadas y estratégicas cuando se identifique una conducta indebida.

Para las empresas que operan en América Latina con exposición a los Estados Unidos, este desarrollo tiene implicaciones importantes. La política subraya la necesidad de ir más allá de estructuras de compliance formales o fragmentadas y avanzar hacia marcos plenamente integrados capaces de responder eficazmente en condiciones reales. En particular, las organizaciones deben asegurar que los programas locales de compliance no solo estén correctamente diseñados, sino que también sean operativamente efectivos, es decir, capaces de detectar problemas de manera temprana, activar escalamientos oportunos y apoyar investigaciones internas rápidas y bien coordinadas.

Esto requiere una estrecha alineación entre las operaciones locales y la casa matriz global, incluyendo protocolos de escalamiento claramente definidos, estándares de reporte consistentes y criterios compartidos para evaluar posibles obligaciones de divulgación. Los retrasos o fallas en esta alineación pueden afectar directamente la capacidad de una empresa para acceder a un tratamiento favorable bajo el marco del DOJ.

Además, las empresas deben asegurarse de que sus capacidades de investigación sean suficientemente robustas para operar en distintas jurisdicciones, considerando las limitaciones en materia de protección de datos, los requisitos de preservación de documentos y la necesidad de llevar a cabo esfuerzos coordinados de investigación de hechos. Igualmente importante es la capacidad de tomar decisiones oportunas y bien informadas en relación con la divulgación voluntaria, equilibrando la exposición legal, las expectativas regulatorias y las consideraciones reputacionales.

En última instancia, la política refuerza un cambio más amplio en las expectativas de aplicación: los programas de compliance deben funcionar no solo como mecanismos preventivos, sino como sistemas dinámicos para la detección temprana, la respuesta rápida y la toma de decisiones estratégicas. Las organizaciones que logren operacionalizar estas capacidades estarán significativamente mejor posicionadas para gestionar el riesgo de aplicación y relacionarse de manera constructiva con las autoridades en un entorno regulatorio cada vez más complejo e interconectado.

Regresar

Premios

Los premios que hemos recibido respaldan nuestra dedicación a la excelencia en cada área de práctica.

MIJARES, ANGOITIA, CORTÉS Y FUENTES

Nos destacamos como pioneros

y líderes en nuestro campo,

siempre a la vanguardia.
Contacto

Noticias

otras noticias relacionadas

Ver noticias
Infórmate de todo lo relacionado con el mundo legal, noticias y client alerts.
No items found.