31.8.2026

Iniciativa de reforma relativa a aprobación de inversión extranjera por motivo de seguridad nacional

Conversación sobre las Reformas a la Ley Federal de Competencia Económica

El 30 de agosto de 2026, la Presidenta Claudia Sheinbaum presentó ante la Cámara de Senadores, una iniciativa de reforma (la “Iniciativa”) a la Ley de Inversión Extranjera (la “LIE”) con la finalidad de establecer un régimen de revisión de adquisiciones de sociedades mexicanas por inversión extranjera por cuestiones de seguridad nacional.

La Iniciativa fue presentada ante el Senado como cámara de origen, y aún debe ser discutida en dicha cámara. De aprobarse, deberá remitirse a la Cámara de Diputados para análisis y discusión y concluir su proceso legislativo previo a poder ser promulgada.

Conforme a su exposición de motivos, la Iniciativa busca volver operativa la facultad existente de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (la “CNIE”) de impedir adquisiciones por razones de seguridad nacional. La Iniciativa incorpora criterios y un procedimiento específico en línea con la tendencia reciente a nivel mundial, tomando como referencia los principios de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos que buscan equilibrar la apertura y protección a la inversión con la protección de la seguridad nacional.

I. Operaciones sujetas a revisión de seguridad nacional

Conforme a la Iniciativa, se requeriría de una resolución favorable de la CNIE cuando concurran, de manera acumulativa, las siguientes condiciones: (i) una participación extranjera, directa o indirecta, superior al 49% en el capital social de una sociedad mexicana, (ii) que dicha sociedad tenga por actividad económica algún sector estratégico o sensible, y (iii) que el valor total de sus activos, al momento de presentar la solicitud de adquisición, exceda el monto que determine la CNIE mediante resolución general.

Respecto del primer punto, se tratará de participaciones que se implementen mediante operaciones nuevas. La aprobación no será necesaria respecto de sociedades que actualmente cuenten con inversión extranjera directa o indirecta.

Los sectores considerados de carácter “estratégico” o “sensible” son los siguientes:

a. Infraestructura estratégica, física o virtual, incluyendo energía, transporte, sanidad, comunicaciones, minería, tratamiento o almacenamiento de datos, sistemas digitales, aeroespacial, defensa e instalaciones sensibles, así como los terrenos e inmuebles indispensables para su uso;

b. Tecnologías críticas y productos de doble uso, incluyendo inteligencia artificial, robótica, semiconductores, ciberseguridad, tecnologías aeroespaciales, de defensa, de almacenamiento de energía, cuántica y nuclear, nanotecnologías y biotecnologías;

c. Suministro de insumos fundamentales, en particular energía o materias primas, así como seguridad alimentaria;  

d. Acceso a información sensible, en particular datos personales, o la capacidad de controlarla; y

e. Las demás actividades análogas que determine la CNIE mediante resolución general.

La Iniciativa no prevé que en la LIE se determine el monto del umbral que detonará la necesidad de revisión, sino que delega en la CNIE la facultad de establecerlo, lo que deberá publicarse dentro de los 180 días naturales siguientes a la publicación de la Iniciativa.

Cuando el valor de los activos no rebase el umbral, pero la participación extranjera pretendida sea superior al 49%, la presentación de la solicitud será voluntaria.

II. Solicitud y plazos de resolución

El procedimiento ante la CNIE se desarrollaría conforme al siguiente proceso:

a. La solicitud debe presentarse de manera conjunta por la sociedad mexicana y el inversionista extranjero ante la Secretaría Técnica de la CNIE. La CNIE debe resolver dentro de los 60 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.

b. La CNIE puede requerir información o documentación adicional por única ocasión, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, requerimiento que suspende el plazo hasta que sea atendido.

c. Los promoventes deben atender la prevención en el término que fije la CNIE, que no podrá ser menor a 5 ni mayor a 30 días hábiles. De no desahogarse en tiempo y forma, se desechará el trámite.

d. La CNIE puede ampliar el plazo por única ocasión hasta por 30 días hábiles adicionales cuando la complejidad del asunto lo justifique, fundando y motivando su determinación.

En su resolución, la CNIE podrá:

a. Determinar la inexistencia de riesgos o amenazas a la seguridad nacional y declarar viable la adquisición;

b. Sujetar la operación a modificaciones para mitigar el riesgo; o

c. Impedir la adquisición por razones de seguridad nacional.

En los dos primeros supuestos, la resolución incluirá términos y condiciones específicos que podrán implicar reportes periódicos a cargo de las partes y la evaluación del cumplimiento del orden jurídico nacional.

Se hace notar que transcurridos los plazos máximos de respuesta sin que la CNIE haya emitido una resolución, la solicitud se entenderá negada pues no opera la afirmativa ficta.

III. Integración y reglas de votación de la CNIE

De aprobarse la Iniciativa, se incorporaría a la CNIE a las personas titulares de las Secretarías de la Defensa Nacional, de Marina y de Seguridad y Protección Ciudadana, con voz y voto.

Adicionalmente, en las sesiones en que se traten asuntos de seguridad nacional participarán como invitados permanentes, con voz pero sin voto, las personas titulares de la Fiscalía General de la República, el Centro Nacional de Inteligencia, del Servicio de Administración Tributaria y de la Unidad de Inteligencia Financiera.

Las personas integrantes de la CNIE no podrán abstenerse de votar en asuntos de seguridad nacional y deberán pronunciarse a favor o en contra. Los acuerdos se tomarán por mayoría de voto de las personas integrantes de la CNIE.

IV. Sanciones

La Iniciativa incorporaría dos nuevas infracciones vinculadas al régimen de seguridad nacional:

a. Transmitir o ceder la participación accionaria al inversionista extranjero pese a la negativa de la CNIE, o sin haber obtenido resolución favorable previa, sancionable con multa de 5,000 a 200,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (“UMA” la cual tiene un valor diario para 2026 de $117.31 pesos); e

b. Incumplir las acciones de mitigación del riesgo dispuestas por la CNIE, sancionable con multa de 5,000 a 200,000 veces el valor diario de la UMA.

V. Cambios relevantes a considerar

A manera de referencia, en la LIE vigente se requiere autorización previa para que la inversión extranjera participe en más del 49% en: (i) ciertas actividades, entre ellas servicios portuarios de remolque, amarre de cabos y lanchaje, sociedades navieras de tráfico de altura, concesionarias o permisionarias de aeródromos de servicio al público, servicios privados de educación, servicios legales y construcción, operación y explotación de vías férreas y prestación del servicio público de transporte ferroviario; y (ii) en cualquier sociedad mexicana cuyo valor total de activos, al momento de someter la solicitud, rebase el monto que la CNIE determina anualmente, actualmente fijado en $28,623,925,390.72 pesos.

El nuevo régimen coexistiría con el vigente, si bien presenta diferencias clave. Bajo el régimen ordinario, si la CNIE no resuelve dentro del plazo aplicable, la solicitud se tiene por aprobada en los términos presentados.

En cambio, en asuntos de seguridad nacional se invierte la lógica: el plazo base pasa de 45 a 60 días hábiles y, con la suspensión por requerimiento de información y la ampliación por complejidad, el trámite puede llevar hasta 120 días hábiles. Además, si la CNIE no emite una resolución dentro del plazo máximo de respuesta, la solicitud se entenderá negada.

VI. ¿Qué sigue?

Como se mencionó anteriormente, el proceso legislativo se encuentra en curso; la Iniciativa debe ser aprobada por ambas cámaras del Congreso de la Unión antes de poder ser publicada.

Conforme a los transitorios, el Decreto entraría en vigor al día siguiente de su publicación.

Para cualquier pregunta o comentario, no dude en contactar a nuestro equipo experto.

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