El 3 de diciembre de 2025, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo presentó ante la Cámara de Senadores las iniciativas que, en conjunto, redefinirían el régimen de jornada laboral en México al establecer un tope de 40 horas semanales, así como nuevos límites respecto del tiempo extraordinario y la obligación de llevar un registro electrónico del tiempo efectivo trabajado.
Las iniciativas consisten en lo siguiente:
I. Iniciativa constitucional que propone reformar el Artículo 123, apartado A:
- Establecer, a nivel constitucional, una semana laboral de 40 horas, con una implementación gradual conforme al calendario siguiente: 48 horas en 2026, reduciéndose dos horas por año hasta alcanzar 40 horas en 2030. Esta transición no implicará reducción de salarios ni de prestaciones.
- Se reafirma el derecho a por lo menos un día de descanso pagado por cada seis días de trabajo.
- Se propone una nueva estructura para el tiempo extraordinario conforme a los parámetros siguientes:
- Horas extraordinarias: Hasta 12 horas extra por semana, distribuibles hasta en cuatro horas por día durante cuatro días, con pago del 100% adicional sobre el salario ordinario.
- Exceso sobre el tope semanal: Cualquier tiempo extraordinario que exceda las 12 horas semanales se cubrirá con un pago adicional equivalente al 200% sobre el salario ordinario.
- Se prohíbe laborar tiempo extraordinario a los menores de 18 años.
- Se establece que el Congreso deberá realizar reformas a la legislación secundaria en un plazo de 90 días a partir de la publicación de la reforma constitucional.
- Se propone una entrada en vigor el día de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación.
II. Iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT):
- Establece una semana laboral de 40 horas, con una implementación gradual conforme al calendario propuesto para la reforma constitucional.
- Mantiene los límites diarios de jornada en los términos actualmente previstos: hasta ocho horas diurnas, siete horas nocturnas y siete horas y media en jornada mixta.
- Propone una nueva estructura para el tiempo extraordinario conforme a los parámetros siguientes:
- Horas extraordinarias: Hasta 12 horas por semana, distribuibles en un máximo de cuatro horas por día durante cuatro días, con pago del 100% adicional sobre el salario ordinario.
- Exceso sobre el tope semanal: El tiempo extraordinario que exceda las 12 horas semanales no podrá ser mayor a cuatro horas por semana y se cubrirá con un pago adicional equivalente al 200% sobre el salario ordinario.
- Establece el tope semanal de horas extraordinarias se incrementará de manera gradual hasta alcanzar 12 horas en 2030, pasando de 9 horas en 2026 y 2027, a 10 horas en 2028, 11 horas en 2029 y finalmente 12 horas en 2030.
- Introduce la obligación de llevar un registro electrónico de jornada. La Secretaría de Trabajo y Previsión Social emitirá reglas generales sobre alcance y excepciones a este registro electrónico y será la autoridad encargada de instrumentar los mecanismos para recopilar, procesar y evaluar el cumplimiento de las disposiciones aplicables.
Considerando lo anterior, la reducción de la jornada obligará a rediseñar esquemas y modificar procesos con el fin de mitigar impactos en costos y en la continuidad operativa. Asimismo, las empresas deberán revisar sus políticas actuales a fin de asegurar un cumplimiento progresivo y poder acreditar dicho cumplimiento en caso de una revisión por parte de la autoridad laboral.
Estas propuestas constituyen una modificación escalonada del tiempo de trabajo en México. La preparación anticipada y por etapas será clave para controlar costos, asegurar el cumplimiento y apoyar el bienestar de la fuerza laboral durante la transición.
Las empresas aún no están obligadas a cumplir con estas disposiciones, las cuales fueron remitidas a la Comisión de Trabajo y Previsión Social y permanecen pendientes de discusión y aprobación.
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