17.4.2026

Modificación al Programa Anual de Uso de Bandas de Frecuencias 2026

Conversación sobre las Reformas a la Ley Federal de Competencia Económica

El 13 de abril de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba la modificación del Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2026”.

Este Programa, emitido originalmente el 6 de enero de 2026, permite a cualquier persona interesada solicitar la inclusión de frecuencias y coberturas geográficas adicionales o distintas dentro de los 30 días hábiles siguientes a su publicación, debiendo la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (la “Comisión”) resolver lo conducente en un plazo que no excederá de 30 días hábiles. La presente modificación es resultado del análisis de las solicitudes de inclusión recibidas entre el 1 de julio de 2025 y el 18 de febrero de 2026. Adjunto encontrará el texto completo para su consulta.

A continuación presentamos los puntos más relevantes:

Radiodifusión. La modificación incluye nuevas frecuencias para servicios de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada (5 frecuencias para uso público y social), Frecuencia Modulada (27 frecuencias: 11 para uso comercial, 11 para uso público y 5 para uso social) y Televisión Digital Terrestre (50 canales para diversas modalidades de uso). Con estas adiciones, el Programa 2026 contempla un total de 134 frecuencias y canales para el servicio público de radiodifusión.

Asimismo, en cumplimiento del artículo 69 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la Comisión reservó frecuencias en la banda de FM para estaciones de radiodifusión sonora de uso social comunitario, indígena y afromexicano en 96 localidades del país. Esta reserva comprende hasta el 10% (2 MHz) dentro de la banda de frecuencias 88-108 MHz y la banda de AM 1605-1705 kHz.

Telecomunicaciones. El Programa 2026 contempla diversas bandas de frecuencias para uso comercial, uso privado y uso público.

Es importante destacar que las frecuencias y bandas para uso comercial incluidas en esta modificación podrán ser consideradas en procesos de licitación a corto y mediano plazo, no necesariamente durante 2026, conforme a la planificación y recursos de la Comisión. Por su parte, las solicitudes de concesión para uso público y social en radiodifusión deberán presentarse dentro de los plazos específicos establecidos en el Programa, mientras que las solicitudes para telecomunicaciones (uso público, social y privado) no están sujetas a un plazo determinado y podrán presentarse cualquier día hábil.

Finalmente, la Comisión habilitó una herramienta tecnológica para la presentación de solicitudes de inclusión disponible las 24 horas del año.

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