26.11.2025

Reforma a la Ley Federal de Competencia Económica: implicaciones y principales transformaciones

Conversación sobre las Reformas a la Ley Federal de Competencia Económica

La reforma a la Ley Federal de Competencia Económica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025, transformó de manera sustancial el marco regulatorio en México, reforzando no sólo los mecanismos de cooperación y sanción, sino también el diseño institucional de la política de competencia. Entre los cambios más relevantes destacan la creación de la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) como órgano descentralizado, sectorizado a la Secretaría de Economía, la redefinición del programa de inmunidad, la reducción de umbrales de notificación, el incremento de multas y sanciones, así como la incorporación de programas de cumplimiento certificados.

La creación de la CNA marca el inicio de una nueva etapa. La CNA deberá administrar un sistema más complejo: con plazos procesales reducidos, un incremento en el número de operaciones que deban de ser autorizadas (como consecuencia de la reducción de umbrales). Para las empresas e inversionistas, el nuevo entorno regulatorio demanda una adaptación inmediata en materia de cumplimiento y gobernanza corporativa, pues las decisiones de la autoridad impactarán directamente en la seguridad regulatoria y en la predictibilidad del marco normativo.

Transición institucional: de COFECE a CNA

Contexto histórico

En 1994 se creó la Comisión Federal de Competencia (COFECO) como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía, con cinco comisionados. En 2014 evolucionó hacia la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), con un esquema más robusto de órgano constitucional autónomo y mayores facultades. Con la Reforma de 2025, la institución se transforma en la CNA, regresando a un modelo de cinco comisionados.

Aunque en apariencia el cambio no debería ser complejo, el un importante cambio radica en la forma de seleccionar a los comisionados (designación presidencial con ratificación del senado). Si bien históricamente el aumento de cinco a siete comisionados buscaba reducir riesgos de captura, la vuelta al esquema reducido implica que cada nombramiento será aún más determinante. En este contexto, la independencia técnica de los perfiles será crucial para garantizar que las decisiones no se vean influidas por intereses políticos.

Tribunales especializados y riesgos políticos

El panorama ofrece un cambio constitucional y legal adicional: la elección de jueces de tribunales especializados por voto popular. Al tratarse de una materia altamente técnica, que requiere conocimientos en economía, derecho y mercados, este esquema genera inquietudes sobre la solidez de los criterios judiciales futuros. Mantener la experiencia acumulada de funcionarios y jueces especializados será clave para evitar retrocesos en la calidad de las resoluciones.

Exclusiones y áreas estratégicas

Uno de los cambios más debatidos es la posibilidad de que el gobierno, con mayoría en el Congreso, pueda excluir ciertas actividades “estratégicas” de la aplicación de la ley. Si bien la intención declarada es proteger sectores sensibles para la política pública, este poder abre la puerta a distorsiones de mercado al crear un plano de carga regulatoria desigual para el particular vis a vis un jugador del sector público.

Ejemplos hipotéticos ilustran la magnitud del reto: excluir sectores como energía renovable, telecomunicaciones de nueva generación o infraestructura crítica podría alterar el equilibrio competitivo, reduciendo incentivos de inversión y debilitando la confianza de los mercados. Por ello, la recomendación es que este poder se ejerza con prudencia, limitándose a garantizar condiciones de competencia justa y abierta.

Atribuciones ampliadas: desaparición del IFETEL y carga de trabajo

Con la desaparición del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL), las funciones en telecomunicaciones y radiodifusión regresan a la autoridad general de competencia. Esto implica que la CNA concentrará atribuciones en sectores altamente técnicos, sumando esta carga a la ya intensa agenda en materia de concentraciones, que históricamente consume alrededor del 90% de sus recursos.

El riesgo es evidente: con umbrales más bajos y más notificaciones de concentraciones y mayores cargas de investigación (por ejemplo, al ampliarse el plazo con el que cuentan para investigar concentraciones no notificadas) la autoridad podría verse obligada a destinar sus limitados recursos a un mayor número de expedientes, descuidando la investigación de prácticas monopólicas. La experiencia de la COFECO en 2014 —cuando fue criticada por enfocar en exceso sus esfuerzos en telecomunicaciones— recuerda la importancia de mantener un balance institucional para no desatender otros mercados estratégicos.

Planeación institucional y continuidad técnica

La planeación estratégica es un aspecto esencial para asegurar que la CNA mantenga un enfoque equilibrado. La práctica de la COFECE de publicar planes estratégicos para distribuir recursos y definir prioridades debe mantenerse e incluso fortalecerse. Esta herramienta permitiría garantizar que la autoridad no se limite a reaccionar ante denuncias, sino que investigue de manera proactiva distintos mercados.

Un cambio en la planeación institucional que destaca es el creciente interés por analizar pormenorizadamente mercados laborales, y conductas o acuerdos que pudieran tener alguna implicación en éstos. Ejemplo de lo anterior lo constituye el creciente escrutinio de acuerdos de no solicitación en el contexto de concentraciones, cuando la COFECE únicamente analizaba este tipo de cláusulas cuando eran equiparables a una cláusula de no competencia (e.g., obligaciones de no “solicitar” clientes de la sociedad objeto).

Reforma en materia de daños

Uno de los puntos más polémicos es la posibilidad de reclamar daños antes de contar con una sentencia firme. Aunque busca agilizar la reparación de daños derivados de prácticas monopólicas, esta medida genera incertidumbre jurídica, pues no resulta lógico exigir el pago de daños sin que se haya confirmado legalmente la responsabilidad. Ello plantea el riesgo de que qué exista una condena de daños y perjuicios basada en una resolución que determine un ilícito de competencia económica y que posteriormente es dejada sin efecto por un juez federal.

La modificación, sin embargo, abre la oportunidad para que jueces especializados profundicen en el análisis de fondo de la materia y refuercen su papel en la protección de los mercados. Será fundamental que los tribunales desarrollen criterios claros y consistentes para equilibrar la agilidad procesal con la seguridad jurídica.

Reducción de tiempos de investigación

La Reforma reduce considerablemente los plazos de las investigaciones administrativas. Anteriormente los procedimientos duraban entre dos y tres años. Con los nuevos plazos, la CNA deberá demostrar capacidad de organización para desahogar sus procedimientos de investigación en plazos más reducidos.

Existe el riesgo de que, por falta de tiempo y alta carga de trabajo, la autoridad opte por no abrir investigaciones complejas. Este escenario podría afectar sobre todo a denunciantes de prácticas anticompetitivas. Por ello, será indispensable que la reducción de tiempos se acompañe de criterios de priorización y de herramientas procesales —como mecanismos de resolución rápida— que permitan concentrar recursos en los casos de mayor impacto estructural.

Concentraciones: reducción de umbrales y nuevos condicionamientos

Reducción de umbrales

La Reforma disminuye en aproximadamente un 17% los umbrales de notificación de concentraciones, en sentido contrario a la práctica internacional de incrementarlos de manera periódica. Esto ampliará el espectro de operaciones sujetas a revisión, incluyendo aquellas de menor tamaño que, aunque no representen grandes cifras de ingresos, podrían involucrar activos estratégicos en mercados dinámicos.

Para las empresas, el reto será preparar expedientes mucho más completos desde la primera etapa. Para la CNA, el desafío radica en diferenciar entre operaciones de bajo riesgo que podrían resolverse rápidamente y aquellas que requieren un análisis exhaustivo.

Programa de inmunidad y aumento de multas

Un diseño más estricto

El Programa de inmunidad se mantiene, pero bajo reglas más exigentes. Solo el primer solicitante que denuncie antes de que se inicie formalmente una investigación podrá obtener la exoneración total. Una vez abierta la investigación, solo podrá accederse a reducciones parciales de hasta 50%, 30% o 20%, según el momento y la calidad de la información aportada.

Este esquema se acompaña de beneficios complementarios: quienes obtengan inmunidad no podrán ser inhabilitados para participar en licitaciones públicas ni serán objeto de acciones colectivas. De esta forma, la autoridad busca incentivar que las solicitudes se presenten lo antes posible.

Multas más severas y nuevas sanciones

La Reforma elevó los montos de las sanciones: prácticas monopólicas absolutas pueden alcanzar hasta 15% de los ingresos del infractor, las relativas y concentraciones ilícitas hasta 10%, y la omisión de autorización previa hasta 8%. Además, se añadieron sanciones por incumplimientos procesales, como obstaculizar verificaciones o no atender comparecencias, así como sanciones complementarias como la inhabilitación temporal para participar en procedimientos de contratación pública.

El aumento de multas refuerza la lógica del programa de inmunidad: mientras mayor sea el costo potencial de infringir la ley, mayor será el incentivo de cooperar con la autoridad. No obstante, también podría derivar en litigios más prolongados, por lo que será fundamental que la CNA aplique criterios claros y consistentes para evitar distorsiones en el mercado.

Certificación de programas de cumplimiento

La Reforma introdujo la posibilidad de que las empresas implementen programas internos de cumplimiento certificados por la CNA, los cuales deberán renovarse cada tres años. Estos programas, si cumplen con estándares de prevención, capacitación y detección temprana, podrán ser considerados como atenuantes en caso de infracciones.

Más allá de la reducción de sanciones, la certificación proyecta un compromiso real con la competencia leal y puede convertirse en una herramienta de gestión de riesgos frente a inversionistas y socios estratégicos. En un contexto de sanciones más severas, contar con un programa certificado deja de ser un valor agregado y se transforma en una medida de prevención esencial.

Conclusión

La Reforma redefine el marco de actuación de la política de competencia en México. Al fortalecer la CNA con nuevas atribuciones, reducir plazos procesales, ampliar el espectro de concentraciones revisables y endurecer las sanciones, el país envía una señal de mayor supervisión estatal en los mercados.

El éxito de esta transformación dependerá de la capacidad de la CNA para garantizar confianza institucional, aplicar criterios técnicos consistentes y equilibrar la vigilancia con la eficiencia procesal. Para las empresas e inversionistas, la anticipación estratégica y el fortalecimiento de sus mecanismos internos de cumplimiento serán determinantes para minimizar riesgos.

Más que nunca, México enfrenta el reto de construir un sistema de competencia económica que combine rigor técnico con flexibilidad suficiente para acompañar la evolución de los mercados

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