3.11.2025

Transición a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT): integración del Pleno y nombramiento de la Comisionada Presidenta

En seguimiento a las recientes novedades en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, el 7 de octubre de 2025, la Presidenta de la República envió al Senado su propuesta de candidatos a comisionados para integrar el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (“CRT”). El 14 de Octubre el Senado de la República ratificó el nombramiento de los comisionados propuestos por la Presidenta y el 16 de octubre de 2025, la Presidenta nombró a Norma Solano Rodríguez como Comisionada Presidenta de la CRT. Con ello, a partir del 17 de octubre de 2025 entró en vigor la reforma constitucional en materia de simplificación orgánica publicada el 20 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) por la cual se extingue el Instituto Federal de Telecomunicaciones (“IFT”) y la CRT inicia funciones como única autoridad en telecomunicaciones y radiodifusión.

Integración del Pleno de la CRT

A continuación, se listan los comisionados de la CRT, indicando sus respectivos periodos de encargo y cargos previos:

(i) Ledénika Mackensie Méndez González (2025–2028) (que previamente se desempeñó como Directora de Seguridad Espacial en la Agencia Espacial Mexicana);

(ii) María de las Mercedes Olivares Tresgallo (2025–2029) (que previamente se desempeñó como defensora de las audiencias en el Sistema Universitario de Radio, Televisión y Cinematografía de la Universidad Autónoma de Querétaro);

(iii) Adán Salazar Garibay (2025–2030) (que previamente se desempeñó como Director de Atención Telefónica de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones);

(iv) Tania Villa Trápala (2025–2031) (que previamente se desempeñó como Directora General de Políticas de Telecomunicaciones de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones); y

(v) Norma Solano Rodríguez (2025–2032) (que previamente se desempeñó como Coordinadora Nacional de Transformación Digital en la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones), quien fue designada Comisionada Presidenta de la CRT.

Implicaciones regulatorias inmediatas

A partir del 17 de octubre, la CRT asumió las atribuciones, obligaciones y facultades del extinto IFT respecto de todos los procedimientos en curso, con excepción de los procedimientos de competencia económica, que serán continuados por la Comisión Nacional Antimonopolio. Todos los actos emitidos por el IFT con anterioridad continúan surtiendo efectos, incluyendo determinaciones de agentes económicos preponderantes y su regulación asimétrica. De igual forma, todos los instrumentos jurídicos, convenios, acuerdos interinstitucionales y contratos celebrados por el IFT se encuentran vigentes y son vinculantes para la CRT, sin perjuicio de su eventual ratificación, modificación o rescisión.

Con el objeto de ordenar la transición del IFT a la CRT, los plazos, trámites y procedimientos sustanciados conforme a la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (“LMTR”) se suspenden por 15 días hábiles contados a partir de la integración del Pleno, a fin de que la CRT emita los acuerdos para la reanudación escalonada de plazos. Esta suspensión terminará el 6 de noviembre de 2025y no aplica a procedimientos de cumplimiento de obligaciones a cargo de concesionarios, autorizados, permisionarios y demás sujetos regulados, ni a los relacionados con licitaciones o asignaciones de bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico previstas en el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2025, publicado en el DOF el 6 de febrero de 2025.

En tanto se expiden los reglamentos, lineamientos y disposiciones de carácter general previstos en la LMTR, permanecen vigentes las Disposiciones Regulatorias, Criterios, Lineamientos y demás normativa emitida por el IFT en todo aquello que no se oponga al Decreto por el que se expide la LMTR y se abroga la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual fue publicado en el DOF el 16 de julio de 2025.

Transición de títulos habilitantes previos a la LFTR

Los permisos o títulos habilitantes emitidos con anterioridad a la publicación de la LFTR (14 de julio de 2014) para el uso y aprovechamiento de bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico deberán migrar al régimen correspondiente de concesión, autorización o constancia de registro. Para realizar esta transición se cuenta con un plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la LMTR, el cual vencerá el 16 de julio de 2026; de no llevarse a cabo, las frecuencias serán revertidas en favor del Estado.

Para cualquier duda o comentario, puede contactar a nuestro equipo experto.

Regresar

Premios

Los premios que hemos recibido respaldan nuestra dedicación a la excelencia en cada área de práctica.

MIJARES, ANGOITIA, CORTÉS Y FUENTES

Nos destacamos como pioneros

y líderes en nuestro campo,

siempre a la vanguardia.
Contacto

Noticias

otras noticias relacionadas

Ver noticias
Infórmate de todo lo relacionado con el mundo legal, noticias y client alerts.
En seguimiento a nuestra Alerta a Clientes publicada el pasado 8 de octubre, el pasado 16 de octubre de 2025 la Presidenta de la República nombró a Andrea Marván Saltiel como Comisionada Presidenta de la Comisión Nacional Antimonopolio (la “CNA”).