El 6 de febrero de 2026, la Comisión Federal de Electricidad (“CFE”) y la Secretaría de Energía (“SENER”) presentaron la Convocatoria para Esquemas de Desarrollo Mixto (la “Convocatoria”). La Convocatoria detalla ciertos elementos de la estructura los proyectos de desarrollo mixto y establece los plazos y requisitos para participar.
Los proyectos de desarrollo mixto se adjudicarán conforme a los procedimientos de, y se evaluarán conforme a lo dispuesto en, los Lineamientos de los Esquemas para el Desarrollo Mixto (los “Lineamientos”) publicados el pasado 28 de enero. Para mayor detalle sobre los Lineamientos, consulta nuestra nota para clientes aquí.
La Convocatoria está dirigida a proyectos de energías renovables y busca, bajo un esquema bancable, generar una coinversión entre particulares y CFE. Los proyectos resultantes fijarán un objetivo de tasa interna de retorno para el socio particular.
El esquema de inversión mixta prevé el desarrollo de manera conjunta entre particulares y CFE, para la construcción, financiamiento, operación y mantenimiento de centrales eléctricas.
a. Estructura del Vehículo
La Convocatoria establece que los esquemas de inversión mixta se estructurarán a través de fideicomisos mexicanos, en los cuales CFE tendrá un 54% de participación, mediante aportaciones en especie, y será titular de derechos comunes. El socio tendrá el 46% de participación, mediante aportaciones en capital, y será titular de derechos preferentes.
La aportación en especie de CFE puede consiste en activos tangibles e intangibles, como lo son terrenos, contratos de compra de energía (“PPA”) y apoyo en la gestión de permisos. La aportación en capital de los particulares se refiere a la totalidad del capital líquido y sus aportaciones intangibles consisten en la responsabilidad de la construcción y desarrollo de la central hasta la entrada en operación comercial.
El capital del proyecto se estructurará con entre 20% y 30% de capital y entre 70% y 80% de deuda.
b. Contenido mínimo de contratos de inversión mixta
La Convocatoria detalla elementos claves de los derechos y responsabilidades de las partes. CFE tiene el derecho de veto respecto de decisiones clave. Esta debe facilitar la obtención de permisos y aprobaciones, ejecutar los refuerzos necesarios de red, incluyendo mejoras, trabajos de interconexión y soporte de ingeniería, brindar supervisión de obra y apoyo técnico durante la construcción, así como mantenimiento preventivo y correctivo en subestaciones y líneas de transmisión, además de servicios auxiliares y supervisión.
El socio privado, por su parte, contará con derechos de control, incluyendo la mayoría en la junta de beneficiarios del fideicomiso, el control del comité técnico del fideicomiso y la selección del equipo de administración. Asumirá el desarrollo y la construcción del proyecto. También será responsable de asegurar el cumplimiento de métricas de desempeño, gestionar garantías y mantenimientos, y realizar la transferencia de conocimiento una vez alcanzada la tasa interna de retorno objetivo. En operación y mantenimiento, deberá monitorear desempeño y disponibilidad, efectuar mantenimiento correctivo y gestionar refacciones, pudiendo subcontratar a terceros la prestación de servicios operativos.
c. Estructura contractual del PPA
Respecto de la energía producida, 70% será adquirido por el Suministrador de Servicios Básicos y el Suministrador de Servicios Calificados, 30% se venderá en el Mercado Eléctrico Mayorista o a un tercero, y CFE pagará tolling por el sistema de almacenamiento. El PPA se estructurará con una vigencia de 25 años.
d. Cascada de flujos y transferencia de la propiedad a CFE
La cascada de flujos preverá, de manera preferente, el pago de costos operativos, la constitución de reservas y el servicio de la deuda. Con los flujos disponibles para los accionistas, la “mayoría” de las distribuciones se dirigirá al socio privado hasta alcanzar su objetivo de retorno.
Una vez cumplido ese objetivo, el activo pasará a ser propiedad de CFE y las distribuciones remanentes corresponderán a CFE. CFE podrá, en su caso, acelerar aportaciones para la salida del socio.
La CFE prevé dos vías de participación: proyectos específicos en desarrollo por CFE (CFV Cerro Prieto y CFV Concepción Mendizábal) y procedimientos separados por requerimiento de capacidad por regiones.
La Convocatoria establece los siguientes requerimientos de capacidad por región:

El registro para el procedimiento de selección se debe realizar en la ventanilla de energía de SENER, disponible aquí. Debe contener los datos generales de la persona física o moral, su capacidad técnica y financiera, datos generales del proyecto, modelo económico, trámites de viabilidad, evaluación de impacto social y ambiental, y la fase de estudios de interconexión.
Asimismo, en su caso, se deberá presentar: (i) folio de solicitud de permiso de generación, (ii) folio de solicitud o resolución de impacto social, (iii) folio de solicitud o resolución de la manifestación de impacto ambiental, (iv) evidencia de la posesión o uso del terreno y (v) comprobante de pago de los estudios de interconexión. Para nuevos proyectos, se debe de incluir la solicitud de interconexión e información técnica para estudios de interconexión.

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