El día 9 de enero de 2026, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía publicó en el Diario Oficial de la Federación la actualización de la Unidad de Medida y Actualización (“UMA”)1:
- Valor Diario: MXN$117.31 (aproximadamente EUA$6.52).
- Valor Mensual: MXN$3,566.22 (aproximadamente EUA$198.12).
- Valor Anual: MXN$42,794.64 (aproximadamente EUA$2,377.48).
1 Todos los montos expresados en dólares de los Estados Unidos de América fueron calculados empleado el siguiente tipo de cambio: MXN$18.00 = EUA$1.00.
Dichos valores representan un incremento del 3.7% en comparación con los valores del año anterior y estarán vigentes a partir del 1º de febrero de 2026.
Con esta actualización se modifican también los montos para los umbrales de notificación de concentraciones previstos en el artículo 86 de la Ley Federal de Competencia Económica para quedar como se menciona a continuación:
- Fracción I: Cuando el acto o sucesión de actos que les den origen, independientemente del lugar de su celebración, importen en el territorio nacional, directa o indirectamente, un monto superior al equivalente a MXN 1,876,960,000.00 (aproximadamente EUA 104,275,555.56);
- Fracción II: Cuando el acto o sucesión de actos que les den origen, impliquen la acumulación del treinta por ciento o más de los activos o acciones de un Agente Económico, cuyas ventas anuales originadas en el territorio nacional o activos en el territorio nacional importen más del equivalente a MXN 1,876,960,000.00 (aproximadamente EUA 104,275,555.56) o
- Fracción III: Cuando el acto o sucesión de actos que les den origen impliquen una acumulación en el territorio nacional de activos o capital social superior al equivalente a MXN 868,094,000.00 (aproximadamente EUA48,227,444.44); y en la concentración participen dos o más Agentes Económicos cuyas ventas anuales originadas en el territorio nacional o activos en el territorio nacional conjunta o separadamente, importen más de MXN 4,692,400,000.00 (aproximadamente EUA 260,688,888.89).
Asimismo, es importante considerar que las multas que pueden ser impuestas por la Comisión Nacional Antimonopolio son calculadas en UMAs, por lo que éstas también tendrán un incremento del 3.7%.
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