26.8.2026

Publica SENER requisitos para la adquisición de CEL para 2025 y 2026

Conversación sobre las Reformas a la Ley Federal de Competencia Económica

El 17 de agosto de 2026, la Secretaría de Energía (“SENER”) publicó el Acuerdo que se establecen los requisitos para la adquisición de Certificados de Energías Limpias para los años 2025 y 2026. (el “Acuerdo”) en el Diario Oficial de la Federación.

El Acuerdo establece un requisito de adquisición de Certificados de Energías Limpias (“CEL”) de 13.9% tanto para el periodo de obligación 2025 como para el 2026.

Con ello, el requisito permanece sin incremento respecto del porcentaje que ha estado vigente desde 2022, año a partir del cual SENER fijó el requisito en 13.9%.

Los CEL son el título emitido por la Comisión Nacional de Energía ("CNE") que acredita la producción de un monto determinado de energía eléctrica a partir de energías limpias y que contribuye a cumplir los requisitos asociados al consumo de los Centros de Carga.

Están sujetos al cumplimiento de las obligaciones en materia de transición energética y descarbonización mediante la adquisición de CELs, las Suministradoras, los Usuarios Calificados Participantes del Mercado y las Usuarias Finales que se suministren por autoconsumo.

SENER se encuentra obligada a establecer, en el primer cuatrimestre de cada año calendario, los requisitos para la adquisición de CEL que deben cumplir los participantes obligados durante los tres años posteriores a su emisión, pudiendo revisarlos y ajustarlos conforme al avance de los objetivos de transición energética y a la planeación vinculante. Dichos requisitos se establecen como una proporción del total de la energía eléctrica consumida en los Centros de Carga.

La obligación de CEL se determina multiplicando el requisito del periodo de obligación por el total de energía eléctrica recibida en el centro de carga, en MWh, por lo que para el cumplimiento de los periodos 2025 y 2026 el requisito aplicable corresponde a 13.9%.

Los requisitos correspondientes a los años 2027, 2028 y 2029 deberán ser determinados y publicados por SENER con base en la metodología que para tal efecto emita.

Para cualquier pregunta o comentario, no dude en contactar a nuestro equipo experto.

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